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The Football Association Premier League Ltd contra British Telecommunications plc & Ors

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The Football Association Premier League Ltd contra British Telecommunications plc & Ors

Fondo

El 8 de marzo de 2017, el Tribunal Superior concedió una Orden que exigía a los principales proveedores de servicios de Internet (ISP) del Reino Unido bloquear el acceso de sus clientes a los servidores de streaming que ofrecen a los consumidores británicos transmisiones en directo infractoras de partidos de la Premier League.

La Orden, concedida de conformidad con el artículo 97A de la Ley de 1988 sobre derechos de autor, diseños y patentes (CDPA), había sido solicitada por la Football Association Premier League (FAPL) en un esfuerzo por combatir el creciente problema de las secuencias en directo de la Premier League que se transmiten en línea sin su consentimiento (o el de sus licenciatarios). El hecho de que la orden se centre en los servidores de streaming (en lugar de en los sitios web) refleja que los consumidores utilizan cada vez más descodificadores, reproductores multimedia y dispositivos que utilizan software (como Kodi) para conectarse directamente a los streams infractores.

La solicitud de la FAPL fue apoyada por cinco de los seis ISP demandados. De ellos, BT (propietaria de 2 de los otros demandados) y Sky son licenciatarios exclusivos de las secuencias de FAPL en el Reino Unido; y Virgin Media tiene acuerdos mayoristas con esos radiodifusores. TalkTalk (el sexto demandado) confirmó que no se oponía a la solicitud.

Los motivos de la concesión de la Orden figuran en una sentencia de 13 de marzo de 2017.

Requisitos jurisdiccionales y discrecionalidad

El artículo 97A de la CDPA establece que el Tribunal Superior "estará facultado para dictar una orden judicial contra un proveedor de servicios, cuando dicho proveedor de servicios tenga conocimiento efectivo de que otra persona utiliza sus servicios para infringir los derechos de autor".

Por lo tanto, la FAPL necesitaba demostrar: (i) que los PSI son proveedores de servicios; (ii) que los usuarios y/o los operadores de los servidores objetivo infringen los derechos de autor; (iii) que los usuarios y/o los operadores de los servidores objetivo utilizan los servicios de los PSI para hacerlo; y (iv) que los PSI tienen conocimiento real de ello.

La jurisprudencia anterior establece que los ISP son proveedores de servicios a efectos de la s. 97A CDPA.

Arnold J aceptó tanto que la FAPL era titular de derechos de autor sobre las obras invocadas (que eran películas que reproducían partidos de la Premier League, así como diversos logotipos y gráficos) como que los operadores y usuarios de los Target Servers infringían esos derechos de autor de las siguientes maneras:

Copias realizadas por los usuarios
Cuando los usuarios transmiten las obras protegidas por derechos de autor de la FAPL, se realizan copias en la memoria del dispositivo del usuario. Arnold J consideró que es muy probable que se copie una parte sustancial si los usuarios transmiten por streaming un segmento apreciable del partido. La copia tendrá lugar en el Reino Unido cuando los usuarios se encuentren en el Reino Unido.

Comunicación al público por los operadores de los Target Servers
Arnold J sostuvo que los operadores eran responsables de la comunicación al público teniendo en cuenta lo siguiente:

1. El streaming implica un acto de comunicación de las obras de la FAPL mediante transmisión electrónica a cada usuario que accede a un servidor de streaming durante un período de partido pertinente (ITV contra TVCatchup1; Svensson2).

2. Los operadores "intervienen deliberadamente, y con pleno conocimiento de las consecuencias de sus actos, para dar acceso a las Obras en circunstancias en las que los usuarios no podrían en principio disfrutar de las Obras sin esa intervención" (GS Media3).

3. Las obras de la FAPL se comunican al público: pueden ser vistas por un número indeterminado de espectadores potenciales, y de hecho son vistas por un gran número de usuarios (GS Media).

4. Cuando la comunicación original de las obras de la FAPL se haya realizado por cable o satélite, el streaming constituirá un medio técnico diferente que requerirá una autorización separada de la FAPL (ITV contra TVCatchup).

5. Incluso cuando la fuente es una transmisión por Internet, la comunicación se realiza a un "público nuevo" que la FAPL (o BT o Sky) no tuvo en cuenta cuando autorizó la comunicación inicial al público de sus obras en forma de emisiones y transmisiones específicas para usuarios autorizados de servicios de streaming de pago (Svensson).

6. Los actos de comunicación al público se dirigen al público del Reino Unido.

Autorización y responsabilidad solidaria
Los operadores de los Servidores de Destino autorizan la copia por parte de sus usuarios o, alternativamente, son responsables solidarios con dichos usuarios.

Arnold J sostuvo que los servicios de los ISP se "utilizan" claramente para infringir ya que los ISP "desempeñan un papel esencial al permitir a los usuarios acceder a los servidores de destino y obtener así copias de [las obras de la FAPL]". El juez consideró que los ISP tenían conocimiento real de ello, incluso a través de las notificaciones enviadas por la FAPL y la notificación de la solicitud de la s. 97A y las pruebas justificativas.

En cuanto a la discrecionalidad del tribunal para dictar la Orden, Arnold J declaró que la "cuestión primordial" era "si la Orden es proporcionada teniendo en cuenta los derechos concurrentes de los afectados por ella". El juez sostuvo que la FAPL (y sus licenciatarios) tienen un interés legítimo en restringir la infracción; que la Orden no menoscabaría la libertad de los ISP para desarrollar su actividad; y que la libertad de los usuarios de Internet para impartir o recibir información no se extiende a la infracción de los derechos de autor. Arnold J también consideró (entre otras cosas) que la Orden sería efectiva y disuasoria.

La Orden

La Orden concedida en este caso difiere de las órdenes anteriores de la s. 97A:

  • La Orden se dirige a "Servidores objetivo" y no a sitios web objetivo.
  • La orden se califica de orden de bloqueo "en directo" porque sólo surte efecto cuando se emiten imágenes en directo de partidos de la Premier League.
  • Con arreglo al procedimiento de notificación prescrito, los proveedores de servicios de Internet pueden acceder a la lista de direcciones IP que deben bloquearse "tan cerca simultáneamente como sea razonablemente factible".
  • La lista de servidores objetivo se "reajustará" cada semana de partido durante la temporada de la Premier League, para garantizar que los servidores que ya no sean fuente de imágenes infractoras no sigan bloqueados.
  • La Orden solo tiene efecto durante un breve periodo (hasta el 22 de mayo de 2017, cuando finaliza la temporada 2016/17 de la Premier League).
  • La Orden exige que se envíe una notificación a cada proveedor de alojamiento cada semana cuando una de sus direcciones IP sea objeto de bloqueo.

Comentario

Esta decisión supone un importante paso adelante en la lucha contra la piratería en línea y subraya la importancia de los avances tecnológicos en este ámbito.

Desde que se concedió la primera orden de la sección 97A en 2011, se han bloqueado alrededor de 160 sitios web piratas en el Reino Unido, y los titulares de derechos han obtenido órdenes similares en toda la UE. Este último caso demuestra la adaptabilidad de las órdenes de bloqueo para hacer frente a diferentes formas de piratería en línea.

La aplicación de la Orden es posible gracias a (i) las tecnologías de videovigilancia utilizadas por la FAPL, que permiten identificar con precisión los flujos infractores; y (ii) los avances en algunos de los sistemas de bloqueo de los ISP, que permiten bloquear y desbloquear direcciones IP durante el transcurso de un partido, en algunos casos de forma automatizada. Estas nuevas tecnologías permiten desplegar este tipo de medidas de forma más rápida y selectiva que hasta ahora (en términos de plazos de aplicación de las medidas técnicas y de duración de las mismas).

Se espera que la Orden tenga un impacto significativo en la reducción de las infracciones en línea de los derechos de la FAPL.


1Asunto C-607/11 ITV Broadcasting Ltd/TVCatchup Ltd

2Caso C-466/12 Svensson contra Retriever Sverige AB

3Asunto C-160/15 GS Media BV/Sanoma Media Netherland BV