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Más que una marca - Indicaciones geográficas

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Más que una marca - Indicaciones geográficas

"Se podría decir que las indicaciones geográficas son la Bella Durmiente del mundo de la propiedad intelectual", declaró el abogado de la OMPI Marcus Höpperger al inicio del Simposio Pekín-2007. 

Y esa fue la frase introductoria de una de nuestras Consejeras de Marcas internas, Gökçen Uzer Çengelci, que recientemente publicó su tesis "Límites de la protección de las indicaciones geográficas en la Unión Europea", que es una de las últimas publicaciones en este ámbito. La semana pasada tuvo la oportunidad de dar una conferencia sobre este mismo tema en la Universidad Hanken, donde presentó una visión general de las indicaciones geográficas y las estrategias de marca a un grupo de estudiantes de postgrado en Derecho de la propiedad intelectual. 

Le pedimos a Gökçen que compartiera sus opiniones y hemos elaborado nuestro propio resumen sobre IG para nuestros lectores.   

¿Qué son las indicaciones geográficas?

La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) define las indicaciones geográficas como: "Signos utilizados en productos que tienen un origen geográfico determinado y poseen cualidades o una reputación que se deben a ese origen". 

Las IG pueden considerarse funcionalmente similares a las marcas. Ambas proporcionan información sobre el producto y, mientras que la marca indica el origen comercial, una IG indica el origen geográfico. Ambas cumplen la función de ofrecer una garantía de la calidad del producto o servicio. Este solapamiento funcional puede crear marcas "parecidas" a las IG, debido a la confianza que deposita en ellas el consumidor. Muy a menudo, las empresas crean intencionadamente un vínculo directo o indirecto para asociar un signo que pueda desencadenar subliminalmente una IG determinada. 

El Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC) define las IG como: "Indicaciones que identifican un producto como originario del territorio de un Miembro, o de una región o localidad de ese territorio, cuando determinada calidad, reputación u otra característica del producto sea imputable fundamentalmente a su origen geográfico." 

¿En qué lugar del mundo están protegidas las IG?

Debido a los diferentes puntos de vista entre los miembros, el ADPIC deja en manos de los países miembros los medios legales de protección. Hoy en día, en algunos países, las indicaciones geográficas están protegidas por la legislación sobre marcas, en la que están cubiertas por marcas de certificación o marcas colectivas, o ambas. Mientras que en algunos países las IG están reguladas bajo protecciones Sui Generis. Y, en otros países, se da el caso de que los propietarios de IG no pueden disfrutar de ninguna protección de PI en absoluto, ya que el término se considera genérico, y como tal se considera fuera del alcance de cualquier protección bajo la ley de marcas. 

En general, esta situación un tanto caótica en lo que respecta a las indicaciones geográficas a escala internacional crea diferentes protecciones de PI y, por tanto, diferentes estrategias de marca para los propietarios de IG. 

No sólo una copa de champán

"Recuerden caballeros, no es sólo por Francia por lo que luchamos, ¡es por Champagne!". Winston Churchill resumió perfectamente esta cuestión cuando se dirigió a la nación durante la Segunda Guerra Mundial. Podría decirse que uno de los GI más importantes y valiosos del mercado actual es el champán, y tiene una historia extraordinaria. Los vinos de Champagne se producen exclusivamente a partir de uvas cultivadas, cosechadas y convertidas en vino en la región francesa de Champagne. 

Según Tim Jay y Madeline Taylor en su trabajo de investigación para la Facultad de Derecho de Sydney titulado "Champagne: A Study of Geographical Indications", la función de indicador de calidad del champán se remonta a la coronación de la realeza francesa. Tradicionalmente, los reyes franceses eran ungidos en la catedral de Reims, situada en el corazón de la región de Champagne, por lo que el champán empezó a figurar en estas ceremonias hacia 1700. 

EE.UU. contra la UE Fizz

Con una historia tan ilustre y una calidad tan implícita, el champán llegó a considerarse un bien de lujo; una indicación de cierto estatus y nivel de estilo de vida. De ahí que el indicador de calidad del champán esté ligado tanto al territorio de donde procede como a su rica historia. Sin embargo, la protección del Champagne es objeto de uno de los conflictos más candentes y sin resolver entre EE.UU. y la UE. La UE reclama que el signo Champagne y la palabra sólo se utilicen para el vino espumoso producido en la región francesa de Champagne. Los EE.UU. contraargumentan que Champagne es una palabra genérica que se limita a describir el tipo de vino espumoso. 

En EE.UU., la Ley Lanham y la Oficina de Alcohol, Tabaco y Armas de Fuego reconocen el champán como semigenérico. En consecuencia, los productores de EE.UU. pueden utilizar la palabra Champagne siempre que informen a los consumidores del lugar real de origen del vino espumoso. No obstante, es interesante señalar que Estados Unidos es el principal mercado de exportación del champán francés. 

En la UE, el champán goza de una sólida protección como Indicación Geográfica Protegida (IGP). El champán está protegido desde 1967 como "denominación de origen" en virtud del Arreglo de Lisboa (Arreglo de Lisboa relativo a la Protección de las Denominaciones de Origen y su Registro Internacional). 

Un negocio de miles de millones de euros

Hoy en día, la Champaña es uno de los mayores actores del sector, con la friolera de 4.900 millones de euros en ventas y 4.600 productores (que crean 30.000 empleos directos y 120.000 temporeros de vendimia). El territorio geográfico de Champagne está delimitado (34.300 hectáreas) y abarca tres regiones de Francia (Grand Est, Hauts-de-France, Ile-de-France). El Comite Champagne es la organización profesional al servicio de la denominación Champagne. El Comité es responsable de la gestión de la denominación, incluida la protección global de la denominación Champagne, la educación sobre la denominación y el desarrollo técnico de viñedos y vinos. 

Podemos explorar más a fondo las estrategias de marcas de esta organización utilizando la nueva herramienta de inteligencia empresarial y gestión de marcas de Corsearch, Portfolio Analyzer. En el momento de redactar este informe, Comite Interprofessionnel Du Vin De Champagne tenía 26 marcas en las que su marca principal es CHAMPAGNE, que abarca el vino como producto principal. Sin embargo, sus estrategias de marca no se limitan a los vinos. Vemos que la marca está protegida en varias clases, incluidas las clases 35 38, 41 y 16. 

Los principales territorios fuera de su país de origen, Francia (25%), en los que su marca Champagne está fuertemente protegida por el derecho de marcas son Paraguay (50%) y Colombia (6,3%).

Control de calidad

Como ya se ha dicho, las IG son herramientas importantes porque son diferentes de las marcas registradas; protegen la calidad de la tierra que representan. Dado que esta calidad está literalmente unida a la tierra correspondiente, también tienen sus propios retos inherentes, diferentes de los de otras industrias. Ante una demanda creciente, ¿cómo aumentar la producción sin perder la calidad del producto? O en cuanto al control de calidad, ¿cómo controlar mejor la cadena de suministro? O en cuanto a los problemas climáticos locales que provocan problemas de calidad, ¿cómo combatirlos? 

"Sorbete "Champagner

Terminamos aquí con un caso interesante que atestigua la dificultad de evaluar la explotación de la reputación de las IG, el Sorbete Champagner. La cuestión principal de este asunto era si el producto "Sorbete Champagner", constituye una explotación de la reputación de una Denominación de Origen Protegida (DOP), si dicho producto alimenticio no tiene, como una de sus características esenciales, un sabor atribuible principalmente a la presencia de dicho ingrediente en la composición del producto alimenticio? (Véase el apartado 37) 

En otras palabras, el punto clave del asunto era si el fabricante de sorbetes pretende aprovecharse indebidamente de la reputación o se trata de un uso puramente descriptivo por parte del fabricante de sorbetes. 

Como se ha señalado anteriormente, el Tribunal afirma claramente que "el uso ....constituye una explotación de la reputación de una DOP, .... si ese producto alimenticio no tiene, como una de sus características esenciales, un sabor atribuible principalmente a la presencia de ese ingrediente en la composición del producto alimenticio". (Véase el apartado 53) Esta conclusión ha suscitado algunas críticas, ya que el elemento gustativo de un producto no es tan fácil de evaluar. 

Por último, esperemos a ver cómo se resuelve el reciente caso pendiente llevado por el Comité Interprofessionnel du Vin de Champagne en relación con la ampliación de la protección a los servicios... ¡véase el número de asunto = C-783/19 para más detalles! 

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